Home
Guía sobre el Control Interno para el Reporte Financiero (Original en Inglés)
Esta guía fue publicada inicialmente por el Center for Audit Control (CAQ) en 2013 y ha sido actualizada en 2019. Ofrece al público una visión general del control interno sobre la información financiera de las empresas (Internal Control over Financial Reporting - ICFR) que es fácil de resumir, centrándose en conceptos clave de ICFR como el entorno de control, las actividades de control, la seguridad razonable y la jerarquía de las deficiencias del ICFR. La guía también brinda información sobre los diversos roles y responsabilidades del ICFR para la administración, los comités de auditoría y los auditores. Como novedad en esta edición la guía contiene información adicional que destaca el importante cuerpo de investigación que demuestra la importancia del control interno sobre el reporte financiero para mejorar la confianza de los inversionistas y fortalecer el proceso de presentación de los reportes financieros..
Los usuarios pueden ingresar al sitio web del CAQ y registrarse para recibir ´ésta y otras publicaciones e informaciones que produce el CAQ para beneficio de los profesionales de la auditoría. También existe un vínculo en esa página para bajar la versión de esta guía publicada en 2013.
La Nueva Norma para las PYMES
En septiembre de 2022, el IASB publicó el primer borrador de lo que será la nueva Norma para las PYMES, después de más de siete años sin cambios. No se ha entregado la versión en español todavía, pero los interesados pueden consultar el texto en inglés que adjuntamos más abajo y hacer comentarios al IASB si así les interesa, para lo cual tienen tiempo hasta Marzo de 2023. También se incluye un link para obtener las Bases para las Conclusiones, en inglés.
El IASB también publicó un resumen de los cambios que se incluirán en la nueva NIIF para las PYMES. Para beneficio y ayuda de los interesados se incluye un enlace a la publicación original.
El Autor de GetNIIF.com ya está trabajando en un libro sobre la nueva NIIF para las PYMES, el cual será ofrecido a los interesados apenas sea publicado por el IASB.
Material Disponible:
Si desea obtener una copia del borrador de la nueva NIIF para las PYMES, en inglés, haga click aquí. Para el borrador en español, haga click aquí.
Para obtener una copia de las Bases para las Conclusiones, en inglés, haga click aquí. (No se ha publicado la traducción al español de estas importantes informaciones).
Para obtener el Resumen de Cambios, haga click aquí.
Revisión Integral de 2019 de la NIIF para las PYMES
Solicitud de Información para la Revisión Integral de la NIIF para las PYMES
Introducción – La Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES)
1. La NIIF para las PYMES (“la Norma”) se aplica a las pequeñas y medianas entidades (PYMES) y se centra en las necesidades de prestamistas, acreedores y otros usuarios de los estados financieros de esas entidades, quienes están principalmente interesados en la información sobre los flujos de efectivo, la liquidez y la solvencia. Además, la Norma toma en cuenta los costos de aplicación para las PYMES y las capacidades de esas entidades para proporcionar información financiera.
Objetivo de la Solicitud de Información (“SI”)
2. Esta SI es el primer paso que ha dado el International Accounting Standards Board (IASB o “la Junta”) para la segunda revisión exhaustiva de la Norma. La primera revisión fue concluida en 2015. La Norma fue emitida originalmente en 2009.
3. El objetivo de la SI es obtener puntos de vista sobre si la alineación de la Norma con las NIIF Completas podría servir mejor a los usuarios de los estados financieros preparados aplicando la Norma sin causar costos ni esfuerzos indebidos a las PYMES.
Estructura de la SI
4. La Junta ha discutido en detalle todas las preguntas incluidas en esta SI. La forma en que se presentan las preguntas indica el razonamiento de la Junta sobre cuestiones importantes, como por ejemplo, sobre la alineación o no de la Norma con las NIIF Completas. Sin embargo, la Junta no ha alcanzado una opinión preliminar sobre ninguno de estos temas. Los Documentos de Agenda (Agenda Documents) y los resúmenes de las discusiones de la Junta están disponibles públicamente en el sitio web de la Fundación IFRS.
5. La SI consta de tres partes:
(a) La Parte A establece el marco desarrollado por la Junta para abordar esta revisión y en ella se solicitan comentarios sobre el enfoque planificado.
(b) La Parte B contiene preguntas sobre secciones de la Norma que podrían alinearse con las NIIF Completas, con las enmiendas a dichas normas y/o con las Interpretaciones CINIIF bajo el alcance de esta revisión.
(c) La Parte C solicita opiniones sobre temas que no se abordan en la Norma y pregunta si, en relación con estos temas, la Norma podría alinearse con las NIIF Completas. También aborda otros temas sobre los cuales la Junta ha recibido comentarios.
6. En los Apéndices se proporciona más información sobre la Norma y la SI de la siguiente forma:
- Apéndice A: Establece el alcance de la revisión integral como fue determinado por la Junta.
- Apéndice B: Proporciona más información que explica las razones de la Junta para hacer o no hacer una pregunta. Es complementario a las preguntas expuestas en las partes A hasta C.
- Apéndice C: Suministra información básica sobre la Norma.
- Apéndice D: Provee información sobre el Grupo de Implementación SME (SMEIG).
- Apéndice E: Enumera los enlaces a los principales recursos de la Norma en el sitio web de la Fundación IFRS.
7. La Junta mantiene páginas web completas sobre la Norma en http://go.ifrs.org/SMEsHome.
Cómo se espera que las respuestas a la SI ayudarán al SMEIG y a la Junta
8. Las respuestas a la SI ayudarán al SMEIG a desarrollar recomendaciones para la Junta sobre las posibles modificaciones de la Norma. Las respuestas también ayudarán a la Junta a desarrollar las posibles modificaciones.
9. La responsabilidad por la publicación de propuestas formales de enmiendas a la Norma y por la aprobación de las enmiendas finales recae en la Junta. Si la Junta decide promulgar enmiendas a la Norma, lo hará después de invitar y considerar los comentarios sobre un Proyecto de Norma que incluiría propuestas específicas y los motivos de la Junta para hacer las propuestas.
10. La revisión exhaustiva de la Norma por parte de la Junta no conducirá necesariamente a modificaciones. Cuando se emitió inicialmente, la Norma evidenció simplificaciones de los requisitos de las NIIF Completas para reconocer y medir activos, pasivos, ingresos y gastos, y redujo sustancialmente la cantidad de información requerida para ser revelada por las PYMES. La Junta no tiene la intención de que todas las NIIF Completas, las enmiendas a dichas normas y las Interpretaciones CINIIF promulgadas desde que se emitió la Norma deberían dar lugar a modificaciones. La intención de la Junta es que cualquier enmienda a la Norma debe ser coherente con el enfoque de simplificaciones y reducciones de las revelaciones adoptado cuando fue emitida originalmente.
∞∞∞∞
NIIF para las PYMES - Revision 2019
Revisión Integral de 2019 de la NIIF para las PYMES[1]
(Documento de Agenda #30 del International Accounting Standard Board – IASB)
El IASB se reunió el 22 de julio de 2019 para discutir la Revisión Integral de 2019 de la NIIF para las PYMES (la Norma) y se discutió si deben solicitarse opiniones en una Solicitud de Información (SI) que se publicará como parte de la revisión para determinar si la Norma debe alinearse con las NIIF Completas y con sus cambios no incorporadas en una nueva Norma que se promulgaría posteriormente. Específicamente, se revisaron las siguientes NIIF Completas y otros cambios aún no incorporados a esos principios para definir el alcance de la SI.
NIIF 3 – Combinaciones de Negocios
El IASB (con votaciones que no siempre alcanzaron unanimidad) decidió que investigará puntos de vista sobre la alineación de la Norma con la NIIF 3 y decidió solicitar opiniones sobre:
- La introducción de requerimientos para el reconocimiento de adquisiciones que se llevan a cabo por etapas y si éstos se introducen, cómo deben alinearse con la NIIF 3;
- El reconocimiento de los costos relacionados con la adquisición como un gasto en la fecha de la adquisición;
- La medición de la contraprestación contingente al valor razonable en el reconocimiento inicial;
- La inclusión de la exención de costo o esfuerzo indebido para aplicarla en la medición del valor razonable de la contraprestación contingente; y
- La definición de un negocio.
Se decidió que en la SI se aclarará que no se tiene la intención de modificar los requerimientos de la Norma relacionados con:
- La introducción de una opción para medir las participaciones no controladoras a valor razonable;
- El cambio de los criterios de reconocimiento relacionados con un activo intangible adquirido en una combinación de negocios;
- La aclaración de que una plantilla laboral organizada no debe ser reconocida; y
- El suministro de orientación adicional en relación con los derechos readquiridos.
NIIF 10 – Estados Financieros Consolidados
El IASB decidió que solicitará opiniones en la SI sobre la alineación de la Norma con la NIIF 10 y solicitará opiniones sobre los siguientes asuntos:
- La definición de control que se incluye en la Sección 9 de la Norma.
- El mantenimiento de la presunción de que una entidad controla a una participada si tiene poder directo sobre esa participada únicamente a partir de los derechos de voto.
También se decidió que se aclarará que no se tiene la intención de introducir una excepción en la Norma para la contabilidad de las entidades de inversión.
NIIF 11 – Acuerdos Conjuntos
Se aclarará en la SI que no se tiene la intención de alinear la Norma con la NIIF 11.
NIIF 15[2] – Ingresos Procedentes de Contratos con Clientes
El IASB decidió solicitar puntos de vista en la SI sobre tres enfoques para alinear la Norma con la NIIF 15, y específicamente se solicitará opinión sobre los siguientes aspectos:
- Los tres enfoques que se incluirán en la SI para obtener retroalimentación:
Alternativa 1: Modificar la Sección 23 de la Norma para eliminar las evidentes diferencias que resultan de la aplicación de la Sección 23 y la NIIF 15, sin hacer una reestructuración general de la Sección 23;
Alternativa 2: Reestructurar completamente la Sección 23 para reflejar los principios y el lenguaje utilizados en la NIIF 15; y
Alternativa 3: Omitir completamente las enmiendas a la Sección 23 en esta revisión.
- Identificación de la Alternativa 1 como el enfoque preferido para la alineación de ambas normas.
- Si se suministran alternativas de alivio al proceder a la revisión utilizando la Alternativa 1 o la Alternativa 2, permitiendo que la entidad continúe con su tratamiento actual de contabilidad de los ingresos para cualquier contrato que esté en curso en la fecha de transición o que esté programado para completarse en una determinada oportunidad después de la fecha de transición.
Modificaciones a las NIIF e Interpretaciones CINIIF
El IASB revisó las recomendaciones del staff para alinear la Norma con las Interpretaciones CINIIF y con otras modificaciones a las NIIF aún no incorporadas en la Norma y decidió solicitar opiniones sobre esas recomendaciones en la SI.
Próximo Paso
En septiembre de 2019, el IASB continuará discutiendo sobre la alineación de la Norma con las NIIF y sus otras enmiendas.
========================================================================================================
[1] Mi libro sobre la Norma está disponible en la página de Publicaciones.
[2] Puede adquirir el libro sobre la NIIF 15 en la misma página de Publicaciones.